Se trata de una ayuda exclusiva para el tejido profesional del flamenco.
Revista La Flamenca 3/1/2025
Con la entrada del nuevo año, la Junta de Andalucía, a través de su Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura y Deporte ha convocado una línea de subvenciones cuyo beneficiario será el tejido profesional del flamenco. Según recoge el BOJA número 1 de 2 de enero de 2025, se trata de unas ayudas para la producción y creación de nuevos espectáculos en las modalidades de cante, toque y baile.
En total, el presupuesto de esta subvención es de 210.000 euros, a los cuales podrán optar los proyectos presentados por parte de personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones que estén establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Además, especifica, que cuando el solicitante sea una persona jurídica privada deberá tener dentro de su objeto social la creación, producción y comercialización de espectáculos de flamenco. Si por lo contrario fuera una persona física deberá dedicarse profesionalmente a la producción, creación y comercialización de espectáculos de flamenco. Por tanto, no podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.
Criterios de valoración
En cuanto a los criterios de valoración, según anuncia la convocatoria, se basarán en criterios artísticos y técnicos como: el interés cultural y artístico del proyecto; la valoración artística de la trayectoria del equipo artístico y creativo; la adecuación del presupuesto a la actividad objeto de la subvención, y por último la valoración de la capacidad de continuidad y proyección de la compañía. Pero también incluye criterios cuantitativos como el proyecto artístico; financiación y contrataciones; trayectoria profesional del artista principal, y la consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género.
En base a todos estos criterios de valoración se dará una puntuación a cada solicitud, pues para poder optar a la condición de beneficiario, las solicitudes deberán obtener un mínimo de 50 puntos en la valoración total del proyecto y al menos 15 puntos en el primer apartado de los criterios artísticos y técnicos. En caso de empate en las puntuaciones totales, serán preferentes las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los criterios artísticos y técnicos a valorar por la Comisión, por orden decreciente de importancia.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes es de 30 días, y las actividades subvencionadas deben comenzar en 2025 y finalizar dentro del año siguiente, es decir 2026. En cuanto al formulario para solicitar la subvención, estará disponible para su cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y servicios de la Administración de la Junta de Andalucía aquí, o en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales aquí.
Una vez cumplimentada, cuando los solicitantes sean personas jurídicas, se deberá de presentar exclusivamente por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA). En caso de ser persona física el medio de presentación telemático, además de la Ventanilla Electrónica, que será preferente, también podrá realizarse por los restantes medios disponibles,
Cuantías subvencionables
La subvención que se conceda no puede superar la cuantía de 50.000 euros, ni el 75% de los gastos subvencionables del proyecto. En el caso de pago anticipado, se materializará un abono de un primer pago, en concepto de anticipo, tras la resolución de concesión por el 50% de la ayuda concedida y un segundo pago, tras la justificación de su aplicación a la finalidad pretendida, por el 50% restante.
