El anteproyecto de Ley del Flamenco que regula la enseñanza de este Patrimonio de la Humanidad en todos los cursos de educación obligatoria, ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno andaluz.
Revista La Flamenca 15/9/2022
Desde la Junta de Andalucía, se sigue avanzando en el anteproyecto de Ley del Flamenco, y así, el pasado martes 13 de septiembre se aprobaba el texto, siendo el siguiente paso su remisión al Parlamento de Andalucía para iniciar la tramitación que culmine en su aprobación definitiva.
Una noticia que nos enorgullece enormemente pues tal y como marcan sus objetivos la intención de la misma es establecer el régimen jurídico del Flamenco para garantizar su salvaguarda para su protección, conservación, difusión en investigación y la promoción del conocimiento del flamenco para su uso como bien social y como patrimonio cultural inmaterial de Andalucía, asegurando su transmisión a las futuras generaciones.
Uno de los puntos que más destacan de este texto normativo es el de la enseñanza del flamenco en el sistema educativo andaluz, que pretende abarcar las distintas etapas de la enseñanza no universitaria, mediante la inclusión de contenidos curriculares y el desarrollo de actividades relacionados con el flamenco, y también en el ámbito universitario y en el espacio europeo de educación superior, fomentando la creación de cátedras de flamencología en las distintas universidades andaluzas, así como un plan de formación anual del profesorado en materia de flamenco.
Pero esta no es la única temática que se regula en este anteproyecto de Ley. En su elaboración han participado asociaciones, federaciones de peñas, cátedras de flamencología, fundaciones, sindicatos y empresarios, además de otras administraciones. El resultado final son 36 artículos y cinco disposiciones adicionales donde se detalla como órganos administrativos competentes en la materia y la organización administrativa al Consejo de Gobierno, al que le corresponden las competencias de aprobar los Planes Estratégicos del Flamenco, a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, al Instituto Andaluz del Flamenco y al Centro de Documentación del Flamenco y al Consejo Asesor del Flamenco; además de recoger todos los elementos propios de una ley con el fin de proteger el flamenco como patrimonio vivo, libre y universal.
Hemos hablado de la parte educativa del flamenco que incluye el texto, pero también hay artículos dedicados al fomento del Flamenco como elemento singular de la cultura andaluza, donde además se regula su promoción, valorándolo como elemento importante del patrimonio cultural andaluz, y donde también se estimula la creación del asociacionismo, para así garantizar su conservación, recuperación y la puesta en valor del Conjunto Patrimonial del Flamenco en todas sus manifestaciones.
Por ello, el proyecto no ha podido pasar por alto a las peñas y en general a las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la divulgación y el conocimiento del flamenco.
Por otro lado, y en lo que atañe a las competencias de ordenación, se incluye en el texto la creación de un Registro Andaluz del Flamenco, con la finalidad de servir como instrumento para el conocimiento, publicidad y ordenación de los profesionales y entidades que desarrollen actividades relacionadas con el flamenco en Andalucía.
Y finalmente, en lo que se refiere al ámbito de la protección, el proyecto prevé que los bienes muebles, inmuebles, actividades y otros elementos del patrimonio inmaterial, incluyendo las creaciones individuales y colectivas del flamenco que integran el conjunto patrimonial del flamenco, puedan ser inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De este modo se pueden acoger a la figura de protección que mejor corresponda a sus características y específicas necesidades. Además, incluye diversas medidas dedicadas a la documentación, conocimiento y difusión del conjunto patrimonial del flamenco.
Ya en las disposiciones generales, el texto inscribe al Flamenco, como forma de expresión singular y relevante de la cultura del pueblo andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Actividad de Interés Etnológico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
El pasado martes se dio un paso más en pro de nuestro arte, de nuestra cultura, de nuestro Flamenco. Ahora quedamos a la espera de que se inicie la tramitación oportuna en el Parlamento de Andalucía con la que se llegará a su aprobación definitiva, y entonces la Ley del Flamenco en Andalucía pasará del ser un sueño anhelado a una realidad.